Definición de
Condominio
Palabra: Condominio

Definición: Condominio, en Derecho Civil, consiste en la situación en la que la propiedad de una cosa es compartida por dos o más personas. Por extensión, se denomina asà un inmueble bajo el régimen de propiedad horizontal.
Asimismo, en Derecho internacional, se denomina condominio a los casos en que la soberanÃa sobre una ciudad o territorio es compartida por dos o más estados.
En el condominio es importante regular la forma en que los copropietarios van a tomar las decisiones con respecto a la propiedad que tienen en común. A tal efecto, pueden darse relaciones de mancomunidad o de solidaridad. También es importante regular los casos de extinción de la copropiedad y disolución de la comunidad de bienes.
Otra definición de Condominio:
Definición: « {m.} [Jurisprudencia] Dominio de una cosa que pertenece en común a dos o más personas. »